Las retenciones son un tema importante en el nuevo régimen RIMPE y corren cuenta desde este 2022. Es por eso que debemos considerar algunos aspectos importantes como los que vamos a mencionar a continuación.
En primer lugar hay que tener en cuenta el régimen al que pertenece el contribuyente. El régimen Rimpe emprendedores ó régimen popular definirá los valores correspondientes para cada categoría.
¿Cómo funcionan las retenciones en el régimen RIMPE?
A los contribuyentes RIMPE Emprendedores, que facturen las actividades sujetas al régimen rimpe, se les retiene el 1% con el código 343. Otras retenciones aplicables con el 1%, independientemente de que sea un bien o servicio.
A los contribuyentes RIMPE Negocio Popular no se aplicará la retención, siempre y cuando las actividades que facturen estén sujetas al régimen rimpe.

Cuando un contribuyente de regimen RIMPE factura actividades (excluyentes) que no estan sujetas al regimen rimpe:
- Debe realizar factura y debe desglosar el IVA en la factura.
- Se le aplican las retenciones correspondientes a la actividad generada, de acuerdo al régimen general.
- Si pertenece al regimen RIMPE Negocio Popular, continuará perteneciendo al régimen, pero debe realizar declaración semestral de IVA.
Los contribuyentes sujetos al regimen RIMPE Negocio Popular, en ningún caso actuarán como agentes de retención.
Los contribuyentes sujetos al regimen RIMPE Emprendedores, NO son agentes de retención del Impuesto a la Renta o del IVA, excepto en los casos en los que el SRI así lo disponga mediante la respectiva calificación; y en los casos previstos en la ley.
Si deseas conocer a detalle que es el régimen RIMPE, te invitamos a que visites nuestro artículo sobre este tema, aquí
Si te enteraste que esta año ya debes implementar facturación electrónica puedes solicitar ayuda justo AQUÍ
Recuerda que implementar Facturación electrónica es muy sencillo y te guiamos en todo el proceso de implementación. Además puedes registrarte aquí y con gusto te ayudamos.
¡No olvides compartir este artículo con tus contactos que seguro les será de gran utilidad!
Buenas tardes,
Si el proveedores está dentro del Regimen Rimpe Emprendedores y es Agente de Retencion a la vez, se le realizará la retención del 1% o la retención del 1.75%,2.75% sea el caso según la factura?
Buenos dias,
Si su proveedor, esta dentro del Regimen Rimpe Emprendedor, y le esta facturando una actividad sujeta a regimen rimpe, y ud es Agente de retención, Ud debe retenerle el 1%. Es lo que correponde de acuerdo a la normativa del SRI para regimen Rimpe Emprendedor, cito «Son sujetos a retención del 1% por los bienes y servicios de las actividades económicas sujetas a este régimen.»
Buenas noches.deseo activar mi ruc pero en regimen RIMPE ya que mi actividad economica es Masajes terapeuticos y anualmente no paso de 10.000 dolares por favor quiero saber si puedo aplicar o no al RIMPEy pagar 60 dlrs anuales .
Buenos dias, si puede aplicar al regimen rimpe, porque su actividad Masajes terapeuticos, no esta incluida dentro de la lista de actividades excluidas de dicho regimen. Le cito a continuación las actividades excluidas:
Buenas días, pertenezco al Régimen «Rimpe Negocio Popular», las empresas a la cual le presto servicio son agentes de retención igual me siguen generando me la retención o ya no deberían retenerme…
Buenos dias Carlos, es correcto, si perteneces al Régimen Negocio Popular, y las actividades que estás facturando, pertenecen a este régimen, quiere decir que no están dentro de las actividades excluidas. No te deben hacer retención, o si te la hacen, debe ser del 0%. Muy importante, tus comprobantes de venta tienen que tener la leyenda «Contribuyente Negocio Popular – Régimen RIMPE» para que el agente de retención que reciba tu comprobante de venta, sepa que no debe realizarte retención. El SRI lo dice claramente en su sitio web aqui En la sección negocios populares, en retenciones, cito «Son sujetos a retención del 0% por las actividades económicas sujetas a este régimen.»
BUENAS NOCHES, Y SI MI CLIENTE ES RIMPE EMPRENDEDOR OBLIGADO A LLEVAR CONTABILIDAD Y AGENTE DE RETENCION, QUE PORCENTAJES ME DEBE RETENER A MI QUE SOY PERSONA NATURAL OBLIGADO A LLEVAR CONTABILIDAD Y AGENTE DE RETENCION?
GRACIAS.
Los porcentajes de retención dependen del bien o servicio que le este comercializando a su cliente. Aunque los contribuyentes en régimen rimpe emprendedor por defecto no son agentes de retención, si el SRI los califica como agentes de retención, deben realizar las mismas de acuerdo al régimen general.
Hola buenas noches el año pasado facture un promedio de $2500.00 y en este año mi primer factura es de $349.00 lo cual me pagaron de dicha factura solo 308.00 me retuvieron $40.00 no sé si está correcto , me informaron en el Sri que soy Rimpe popular mi negocio es vta de productos de limpieza y productos industriales
Buenas noches, si su facturación del año anterior no superó los 20 000, debe pertenecer al régimen rimpe negocios populares. Si sus actividades están dentro del régimen como comenta, el porcentaje de retención que deben aplicarle es 0%, no deben realizarle retención, debieron pagarle la factura completa. Importante la factura que ud emite o la nota de venta, no debe tener desglosado el IVA, y debe tener la leyenda “Contribuyente Negocio Popular – Régimen RIMPE” para que su cliente sepa que no debe realizar retención alguna.
Buenas noches deseo saber si mi actividad como electricista pasa a formar parte del RIMPE gracias por su orientacio
Buenas noches, Un electricista es un profesional que realiza instalaciones y reparaciones relacionadas con la electricidad, especialmente en máquinas e iluminación. Por lo tanto los servicios de un electricista serían considerados servicios profesionales, y los servicios profesiones están excluidos del régimen RIMPE, por lo tanto esta actividad está bajo el régimen general, no bajo el régimen rimpe.
Buenos tardes tengo una duda hicimos una compra a un rimpe emprendedor / obligado a llevar contabilidad/ agente de retención, yo soy sociedad agente de retención mi duda es si le retengo o no el iva
Buenas tardes, si la compra que realizaron esta dentro de las actividades sujetas al régimen rimpe, deben realizarle retención del 1%. Los contribuyentes de régimen RIMPE Emprendedor son sujetos a retención del 1% por los bienes y servicios de las actividades económicas sujetas a este régimen.
Buenas tardes, a los rimpe-emprendedores se les retiene el IVA?
Buenas tardes, los contribuyentes del régimen rimpe emprendedor, son sujetos a retención del 1% por los bienes y servicios de las actividades económicas sujetas a este régimen.
Mi factura dice régimen rimpe cuanto me deben retene cuando emito una fsctura
Los contribuyentes, que pertenecen al Régimen Rimpe Emprendedor, son sujetos a retención del 1% por los bienes y servicios de las actividades económicas sujetas a este régimen.
HOLA SOY CAJERO DE UNA INSTITUCION FINANCIERA , TENGO MI RIMPE «CONTRIBUYENTE NEGOCIO POPULAR» Y EN EL PAGO MENSUAL ($225) ME RETUVIERON $15 , QUIERO SABER SI ESTO ESTA BIEN O NO ?
Hola, si la actividad que facturaste a la institución financiera, no esta excluida del regimen rimpe, te copio a continuación las actividades excluidas:
Actividades relacionadas a contratos de construcción y actividades de urbanización, lotización y otras similares (Arts. 28 y 29 de la Ley de Régimen Tributario Interno).
Actividades profesionales, mandatos y representaciones.
Actividades de transporte.
Actividades agropecuarias.
Actividades de comercializadoras de combustible.
Actividades en relación de dependencia.
Rentas de capital.
Regímenes especiales.
Inversión extranjera directa y actividades en asociación pública-privada.
Sector de hidrocarburos, minería, petroquímica, laboratorios médicos y farmacéuticas, industrias básicas, financiero, seguros y Economía Popular y Solidaria.
Entonces no deben aplicarte retención, la norma es clara en este sentido: Los contribuyentes RIMPE Negocios Populares en ningún caso actuarán como agentes de retención y son sujetos a retención del 0% por las actividades económicas sujetas a este régimen.
BUENAS TARDES YO TENGO MI RUC HACE MUCHO TIEMPO Y YO SI SUPERABA LOS 20000 EN INGRESOS A RAIZ DE LA PANDEMIA CERRE MIS NEGOCIOS Y HACE UN MAS O MENOS UN AÑO COMENCE A VENDER COMIDA DESDE MI CASA Y VOLVI A SACAR EL FACTURERO PERO NO ME DICE NADA DE RIMPE SIEMPRE MI CONTADORTA HACE LAS DECLARACIONES Y NO LLEGO A LAS VENTAS DE UNOS 8000 ANUALES PERO HACE UNOS DOS MECES QUE TUBE QUE SACAR MI FACTURERO DE NUEVO LA IMPRENTA ME DICE QUE NO ESTOY CALIFICADA POR EL REGIMEN RIMPE Y NO SE EL POR QUE
Buenas tardes, puede acercarse al SRI para que le incluyan en el régimen rimpe negocios populares, es lo que le corresponde de acuerdo a sus ingresos. Siempre que las actividades que realicen estén dentro del régimen rimpe.