Ecuador cuenta ya con un nuevo régimen RIMPE que reemplazará y unificará los Régimen RISE y Microempresa. Este nuevo régimen se creó a partir de la publicación de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID 19 y nos trae algunas novedades que te las contamos en seguida.
¿Quiénes forman parte de este régimen?
Se incorporan de manera automática sin ningún tipo de trámite los contribuyente que al 31 de diciembre de 2021 hayan pertenecido al Régimen (RISE), Régimen para Microempresas (RIMI) y Régimen General, y que cumplan las condiciones para pertenecer al RIMPE.
También formarán parte de dicho régimen los contribuyentes que cumplan las condiciones y se inscriban en el RUC a partir de enero de 2022.
¿Cuántas categorías de RIMPE existen?
Existen dos categorías que se diferencian por los montos en ingresos registrados hasta el 31 de diciembre del 2021.
RIMPE – EMPRENDEDORES
Personas naturales y jurídicas con ingresos brutos anuales de hasta USD 300.000 (al 31 de diciembre del año anterior).
RIMPE – NEGOCIOS POPULARES
Personas naturales con ingresos brutos anuales de hasta USD 20.000 (al 31 de diciembre del año anterior).
Puedes verificar la lista del régimen al que pertenezcas haciendo clic en los siguientes links
¿Qué pasa con el RISE?
Los contribuyentes que pertenecían al RISE contarán las dos opciones antes mencionadas para categorizarse.
Es decir, que si un negocio registró en sus ingresos montos inferiores $20.000,00 este pertenecerá al régimen RIMPE – Negocios populares con las siguientes características:
- Emitirán NOTA DE VENTA como hasta el momento.
- Pagarán una cuota anual de $60,00 en la que se incluye IVA y Renta
Si un contribuyente RISE registra ingresos superiores a 20.001,00 entonces este se convierte en un contribuyente RIMPE – Emprendedor con las siguientes características:
- No emite nota de venta. Si a la fecha de incorporación al RIMPE tienen notas de venta autorizadas y vigentes, podrán emitirlas desglosando el IVA e incluyendo la leyenda “Contribuyente Régimen RIMPE” de forma manual.
- Empieza a emitir facturas en sus operaciones.
- Pagarán impuesto a la Renta de acuerdo a la siguiente tabla progresiva desde 1% al 2%.
¿Existen excepciones para el RIMPE?
Así es, no se incluirá dentro de este régimen los contribuyentes que:
¿Cómo se implementa y que hay que tomar en cuenta?
Como generalidades y hasta que el SRI efectúe las implementaciones tecnológicas (en el mes de abril aproximadamente) los contribuyentes deberán considerar lo siguiente:
1. Deben incorporar la leyenda «Contribuyente Negocio Popular – Régimen RIMPE« de forma manual, mediante sello o cualquier forma de impresión.
- Negocios populares que a la fecha de incorporación tengan facturas autorizadas y vigentes.
- Negocios populares que a la fecha de incorporación tengan notas de venta autorizadas y vigentes.
2. Nuevos contribuyentes catalogados como negocios populares deberán informar al establecimiento gráfico autorizado por el SRI que incluya la leyenda «Contribuyente Negocio Popular – Régimen RIMPE» en los comprobantes de venta autortizados. Además este podrá verificar en el listado referencial publicado en el portal web institucional
Existen específicamente 4 puntos importantes a tomar en cuenta, y te los detallamos en este artículo.
¿Que sucede con las retenciones en el régimen RIMPE?
Solamente se hará retenciones a los contribuyentes RIMPE EMPRENDEDORES que facturen tendrán retenciones a través de un código para declaración.
Entérate de los detalles adicionales en nuestro blog de Cómo funcionan las retenciones en el régimen RIMPE
¿Cómo se configuran las leyendas Rimpe popular y Rimpe emprendedores en TuFacturero?
Una vez que ya conozcas el régimen Rimpe al que perteneces, puedes configurar la leyenda «Contribuyente Negocio Popular – Régimen Rimpe» se pueden añadir automáticamente en la seción de «Empresa» de TuFacturero
Recuerda que implementar Facturación electrónica es muy sencillo y te guiamos en todo el proceso de implementación. Además puedes registrarte aquí y con gusto te ayudamos.
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